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Pensiones IMSS e ISSSTE: ¿Quiénes deben comprobar supervivencia en junio?

Redacción  FECHA:  15 junio, 2026

México.- Si cobras la Pensión IMSS o ISSSTE, es fundamental que conozcas quiénes deben comprobar supervivencia en junio para garantizar que el depósito mensual de tu dinero no sea retenido. Aunque la mayoría de los beneficiarios en el país ya no necesitan realizar este trámite, existe un sector específico para el cual este requisito sigue siendo estrictamente obligatorio durante este mes.

El trámite obligatorio de junio: ¿A quiénes les corresponde?

Para los jubilados y pensionados del IMSS y del ISSSTE que residen de forma permanente dentro de la República Mexicana, el trámite de supervivencia está completamente automatizado gracias al cruce de información con el Registro Civil.

Sin embargo, deben comprobar supervivencia obligatoriamente en junio:

  • Los pensionados y jubilados que radican en el extranjero.
  • Ex trabajadores del Estado, militares en retiro (ISSFAM) y beneficiarios que reciben su pago fuera del país.

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Por normativa de seguridad social, este grupo debe acreditar su fe de vida de manera semestral. Al encontrarse fuera del territorio nacional, junio marca el límite para actualizar su estatus y asegurar los recursos del segundo semestre del año.

¿Qué pasa con el pago de la pensión si no se realiza el trámite?

Las reglas de operación vigentes de ambos institutos señalan que la falta de acreditación en los tiempos establecidos activa un protocolo de prevención. Esto significa que el instituto retendrá temporalmente el pago de la pensión a partir del mes siguiente.

Es importante destacar que el dinero no se pierde definitivamente; no obstante, el flujo del depósito solo se regularizará una vez que el beneficiario formalice la actualización de sus datos ante la autoridad correspondiente.

Requisitos y sedes para comprobar supervivencia desde el extranjero

Para cumplir con la comprobación de supervivencia, los interesados deben presentarse de manera física en la Embajada o Consulado de México más cercano a su domicilio actual. Los documentos que deben presentar en original y copia son:

  • Identificación oficial vigente con fotografía (Pasaporte o Matrícula Consular).
  • Documento oficial que valide su estatus de pensionado (donde aparezca el NSS o número de pensionista).
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) impresa recientemente.

Recomendación

 En caso de que el pensionado sufra de alguna incapacidad física grave que le impida trasladarse a la sede consular, se recomienda contactar directamente a la oficina diplomática local para coordinar opciones de validación no presenciales, como videollamadas programadas con un testigo o apoderado legal.





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