Aprueba SCJN despenalización del aborto a víctimas de violación sin límite de tiempo
Redacción.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró como inconstitucional la penalización de aquellas mujeres víctimas de violación que deciden abortar después de los primeros 3 meses de embarazo.
Por ello, la SCJN aprobó por unanimidad, despenalizar el aborto producto de una violación.
Es importante destacar que la resolución se originó por un amparo promovido a una menor de edad, quien sufre de parálisis cerebral y fue abusada sexualmente, sin embargo, el Hospital General de Tapachula, le negó la posibilidad de abortar en octubre de 2018 “por haber excedido el límite de tiempo permitido”, puesto que la menor se encontraba en la semana 23 de gestación.
La dirección del nosocomio argumentó que se le negó el derecho ya que, debido a su condición de salud, el aborto podría resultar perjudicial para ella, sin embargo, su madre, expresó en tal amparo que justamente un embarazo podría ser peligroso para su hija, tanto física como mentalmente.
El Estado no puede obligar a la mujer víctima de una violación a asumir sacrificios en su persona, como lo es continuar con un embarazo, y a ofrendar sus propios derechos en beneficio de terceros o del interés general”, señaló la SCJN.
De igual forma, se habló sobre las consecuencias psicológicas que afectan a las víctimas de este tipo de abusos, ya que en la mayoría de los casos, se niegas a presentar las denuncias correspondientes debido al estigma que estos casos provocan.
Establecer una limitación temporal para que no se le aplique la sanción del delito de aborto, desconoce la naturaleza de las agresiones sexuales y las afectaciones a la salud mental que éstas generan en las víctimas de los delitos sexuales, particularmente, en el caso a las mujeres, las cuales muchas veces, por la naturaleza traumática de los actos de violencia sexual que les generan y por la estigmatización social que el simple hecho de manifestarlo les crea, no se atreven a mencionarlo ni a denunciarlo ante las instancias ministeriales”.
El aborto por violación está despenalizado en los 32 estados de México pero la mayoría impone un límite temporal de 12 semanas o 90 días para realizarlo. En mayo pasado, el Congreso de Ciudad de México aprobó extender el plazo de 12 a 20 semanas de gestación.
La interrupción legal del embarazo por libre decisión de la mujer solo está permitida en Ciudad de México y en los estados Oaxaca e Hidalgo.