En Tribuna Matutina te decimos los requisitos para tramitar tu pasaporte
El Reportero del Casco comentó que previamente a llevar los documentos, se debe hacer una cita en línea o teléfono
Esta mañana en Tribuna Matutina, El Reportero del Casco, David Becerra, informó al auditorio de Leonardo Torixa y Gisela Téllez, los requisitos para tramitar el pasaporte mexicano.
Y es que el pasaporte es el documento de identidad y viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de sus oficinas de emisión de pasaportes y representaciones consulares, expide a los mexicanos para acreditar su nacionalidad e identidad y solicitar a las autoridades extranjeras permitan el libre paso.
Según David Becerra, las personas interesadas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
– Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica 1-(424)-309-0009 o en la página web de la SRE.
– Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL del Acta de Nacimiento.
– Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL Identificación INE, Cartilla Militar, Cédula Profesional, Licencia de Conducir, etc.
– Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos 2024 en efectivo.
Casos de Actas Extemporáneas
En estos supuestos el interesado deberá presentar original y 2 copias por ambos lados de uno de los siguientes documentos:
- Copia certificada del ACTA DE MATRIMONIO DE LOS PADRES expedida por la oficina del Registro Civil, si estos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante.
- Copia certificada del ACTA DE NACIMIENTO DE UN HERMANO o HERMANA MAYOR del interesado expedida por la oficina del Registro Civil, nacido(a) en territorio nacional y registrado (a) dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
- Copia certificada del ACTA DE NACIMIENTO DEL PADRE o DE LA MADRE del interesado expedida por la oficina del Registro Civil, nacido(a) en territorio nacional y registrado(a) dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
- Para MENORES DE 12 AÑOS, se deberá presentar CERTIFICADO MEDICO DE NACIMIENTO ó CONSTANCIA DE ALUMBRAMIENTO.