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En Tribuna Matutina te decimos los requisitos para tramitar tu pasaporte

El Reportero del Casco comentó que previamente a llevar los documentos, se debe hacer una cita en línea o teléfono

10 octubre, 2024 9:49 am

Esta mañana en Tribuna Matutina, El Reportero del Casco, David Becerra, informó al auditorio de Leonardo Torixa y Gisela Téllez, los requisitos para tramitar el pasaporte mexicano.

Y es que el pasaporte es el documento de identidad y viaje que la Secretaría de Relaciones Exteriores, a través de sus oficinas de emisión de pasaportes y representaciones consulares, expide a los mexicanos para acreditar su nacionalidad e identidad y solicitar a las autoridades extranjeras permitan el libre paso.

Según David Becerra, las personas interesadas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

– Comparecer personalmente ante la Oficina Consular correspondiente con cita previamente agendada, la cual podrá ser obtenida a través del servicio de atención telefónica 1-(424)-309-0009 o en la página web de la SRE.

– Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la presentación en ORIGINAL del Acta de Nacimiento.

– Acreditar su identidad, presentado ORIGINAL Identificación INE, Cartilla Militar, Cédula Profesional, Licencia de Conducir, etc.

– Cubrir el pago correspondiente de acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Derechos 2024 en efectivo.

Casos de Actas Extemporáneas

En estos supuestos el interesado deberá presentar original y 2 copias por ambos lados de uno de los siguientes documentos:

  1. Copia certificada del ACTA DE MATRIMONIO DE LOS PADRES expedida por la oficina del Registro Civil, si estos contrajeron matrimonio en territorio nacional antes del nacimiento del solicitante.
  2. Copia certificada del ACTA DE NACIMIENTO DE UN HERMANO o HERMANA MAYOR del interesado expedida por la oficina del Registro Civil, nacido(a) en territorio nacional y registrado (a) dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
  • Copia certificada del ACTA DE NACIMIENTO DEL PADRE o DE LA MADRE del interesado expedida por la oficina del Registro Civil, nacido(a) en territorio nacional y registrado(a) dentro de los tres años posteriores al nacimiento.
  1. Para MENORES DE 12 AÑOS, se deberá presentar CERTIFICADO MEDICO DE NACIMIENTO ó CONSTANCIA DE ALUMBRAMIENTO.




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