Opinión

2026: Los nuevos impuestos invisibles

18 enero, 2026 10:22 am
Silvino Vergara

“Asistimos al surgimiento de una nueva
forma de capital con una capacidad
de mando tan inédita que nos obliga
a repensar por completo el sistema al
que dio nombre.
Yo le llamo “capital en la nube”.

Yanis Varoufakis

En los últimos años se ha sostenido la bandera de que no se aumenten los impuestos en México, que con lo que se tiene regulado a partir de la reforma hacendaria de 2014, que fue la última gran reforma en materia impositiva, no se requiere de otro cambio sustancial en el campo fiscal, sin embargo, lo que ha sucedido para 2026, es que se han incrementado los precio de los productos, particularmente, los que se adquieren del comercio electrónico, que bien pudieran denominarse como: “los impuestos invisibles”.
Impuestos invisibles, porque no se ven de primera mano, pero que provocan una subida de precios de muchos productos que se adquieren por medio de la famosa nube, y que, se constata ese incremento hasta que se comparan los precios con lo que costaban los productos en 2025.
Pero, lo más preocupante en el incremento de estos impuestos aparentemente invisibles para muchos, es que la reacción pudiera ser que, en el comercio electrónico, además de un efecto inflacionario, se disminuirá considerablemente la participación por esa vía de los pequeños negocios que, como única alternativa, comercializan en la famosa nube.
¿Cuáles son estos impuestos invisibles?, en la academia, la doctrina, los autores, los libros, sobre estos temas fiscales, le dan poca importancia a las retenciones de impuestos, que consiste en que se descuenta del precio de una operación comercial un porcentaje de la misma, a razón de impuestos que, quien los descuenta del pago de esa operación mercantil, tiene la obligación de enterarlo, es decir, de pagarlo ante la autoridad fiscal a cuenta de los impuestos de aquel proveedor de esos bienes o servicios.
Se dice poco en la doctrina al respecto de estas retenciones de impuestos, porque eran de poco uso por el legislador, solamente en aquellos casos excepcionales en que ese legislador asumía que era necesario implementar esa regulación tributaria, ya que esa retención implica un costo considerable en tiempo, dinero y esfuerzo para quien realiza esas retenciones.
Ahora, la situación es diferente, en primer lugar, como se ha detectado por las autoridades fiscales, se han incrementado de forma muy significativa las operaciones comerciales por medio de la famosa nube, las empresas que llevan a cabo esas operaciones, son plataformas que se les denomina como “plataformas austeras”, ya que son un modelo de hiper-terciarización, conectan al cliente con un servicio o producto especifico, no son dueños ni del servicio, ni del producto, son el puente entre el cliente y el proveedor, pero para muchos pequeños o micro negocios, dese luego que las grandes empresas no están exentas, son las únicas alternativas de comercializar sus productos o servicios y que ahora se verán sumamente afectadas con esta reforma prevista en la ley de ingresos de 2026.
Y es que, si bien, no hay un aumento del impuesto sobre la renta e impuesto al valor agregado para el año de 2026, lo que sucede es que desde la operación de adquisición de ese producto, se verán afectados los proveedores, esto es quien comercializa esos productos inmediatamente, con la retención que harán estas plataformas digitales, es decir el descuento que harán esas plataformas a los que ofrecen sus productos por esa vía, les afectarán considerablemente en su capacidad de liquidez.
El porcentaje de retención en ambos impuestos para 2026 del impuesto sobre la renta es del 2.5% y el impuesto al valor agregado 8%, lo más seguro es que para muchas de esas empresas pequeñas y personas que comercializan por ese medio electrónico, es decir por la nube, verán descontada la parte de su utilidad, sino es que la totalidad de la misma, e incluso, hasta el costo se ira con esa retención, por lo cual, no será nada redituable realizar operaciones por esos medios, atendiendo a ese impuesto invisible para el consumidor, pero que en muchas de las ocasiones en las ventas electrónica, ser verá afectado con la reforma o bien, se observará que habrá menos empresas y negocios en general que comercializan sobre estos nuevos esquemas.
Así, vemos como se van forjando con estos nuevos esquemas, incluso para algunos estudiosos del tema sostienen que, este fenómeno tecnológico de la comercialización por medio de la nube, se ha dejado a un lado el clásico capitalismo, pasando a lo que se ha denominado como tecno-fuedalisimo, porque efectivamente, muchos de estos negocios, a pesar de la retención, no podrán salirse de ese esquema, es su única alternativa de venta de sus productos y servicio, por ello es que regresamos al feudalismo medieval, donde se depende de un solo amo que son ahora las plataformas digitales de las cuales se está aprovechando el fisco para cobrar anticipadamente, en detrimento de muchos de los contribuyentes de a pie. (Web: parmenasradio.org)
2





Relacionados

Back to top button