Opinión

8 de diciembre de 1998

30 noviembre, 2025 11:12 am

Silvino Vergara Nava

“El reconocimiento de la competencia de la Corte Interamericana por parte de México constituyó un paso decisivo hacia la internacionalización de la justicia en materia de derechos humanos. A partir de ese momento, el Estado quedó sujeto al escrutinio jurisdiccional y a las sentencias obligatorias del Tribunal.”

Sergio García Ramírez

Este año de 2025, se cumplen 27 años en que el sistema jurídico mexicano se modificó, de tal forma que, quienes estudiamos derecho antes de esa fecha del 8 de diciembre de 1998, conocíamos un sistema jurídico diverso al que hoy existe en México, incluso, parte de las razones de la crisis del derecho que estamos viviendo actualmente, su origen se debe a este cambio drástico del cual no estábamos preparados para ello.

Esa enorme modificación que se sucedió en el sistema jurídico mexicano, es en parte, el causante de la falta de seguridad jurídica que constantemente observamos, de la ausencia de eficacia en las instituciones del Estado, e incluso, de la reciente reforma constitucional sobre el Poder Judicial, pues si el principal argumento oficialista de esta reforma se debió a la crisis que existía en los juicios, en general, en la administración de justicia, de lo que sufren los justiciables al acudir a un tribunal o un juzgado, es evidente que, se debió a que se realizó una modificación sustancial al derecho a partir de esa fecha, repentina e inesperada, pero que la gran mayoría de quienes imparten justicia, de los estudiosos del derecho, profesores, de los abogados, defensores, ministerios públicos, y demás actores jurídicos, no estábamos preparados para ese cambio tan radical y repentino.

Ese día 8 de diciembre de 1998, se publicó en el diario oficial de la federación el decreto sobre la autorización y reconocimiento por parte del gobierno mexicano para que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos conozca y juzgue las violaciones a los derechos humanos por parte del gobierno mexicano, particularmente, por las violaciones cometidas a la Convención Americana de los Derechos Humanos.

A partir de esa fecha es que, las violaciones graves a los derechos humanos en México, podían ser juzgadas por esa Corte, por ello es que, iniciaron diversos juicios al respecto de estas violaciones en contra del gobierno mexicano, y, uno de esos casos, el más emblemático que se ha tenido, pero sobre todo que ha modificado el sistema jurídico mexicano es el que corresponde al denominado caso Rosendo Radilla y Pacheco vs México, que se ha criticado que se atendió incorrectamente en los tiempos de la administración pública federal de 2006- 2012, pues se permitió que se llegara hasta esas instancias, ya que la defensa del caso para que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, no conociera de ese asunto, verso sobre un argumento muy poco sustentable, esto ocasionó que se resolviera por esa Corte, con sede es San José Costa Rica, sobre la desaparición de aquel profesor de las escuelas rurales en los tiempos de la denominada: “guerra sucia”, de la ausencia de acciones por parte del Estado para llevar a cabo las investigaciones correspondientes en la búsqueda de esa persona desaparecida, miembro del denominado partido de los pobres, que era una organización guerrillera en la zona del Estado de Guerrero.

Así, al resolver la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, sobre la ausencia de atención al caso por parte de las instituciones gubernamentales, dio como consecuencia que, se obligara a México a que aplicara una serie de medidas en el sistema jurídico mexicano, que hoy aun no se cumplen plenamente, y que esto ha ocasionado que se agudice el problema de la impartición de justicia y aplicación del derecho en general.

Y es que la Corte, lo que resolvió es obligar a México, sobre muchas acciones que se deberían de incursionar desde que se dictó la sentencia en cita, pues seguimos batallando con su plena aplicación, como es que la interpretación de las normas jurídicas debe de atender a un método conforme o de acuerdo a la Constitución, además que debe de implementarse el control difuso de la Constitución, adicionalmente que en el sistema jurídico mexicano se debe de asumir que los tratados internacionales de derechos humanos, deben estar en la misma jerarquía que la propia Constitución, así como que debe de permitirse el control difuso de la Convención Americana de los Derechos Humanos, es decir, una serie de ejes rectores para el sistema jurídico que no se han cumplido en su totalidad, que en unas ocasiones se aplican y en otras no, que ha provocado esta incertidumbre en que vivimos, que actualmente algunos actores jurídicos no se han encargado de ponerle atención a la sentencia y que todo ello va ocasionando esa grave problemática de que pareciera que el derecho no resuelve los problemas de la nación, al contrario, los aumenta, que ha resultado ineficaz y que por ello observamos tantos y tantos inconvenientes jurídicos, al grado de que parte de las razones de que esta sociedad se ha vuelto tan violenta es que se ha asumido que no se resuelven los problemas jurídicos adecuadamente y por ello se aplican “la justicia por propia mano”, pues se sabe que no pasa nada con una denuncia o una demanda.

La experiencia sobre todo esto, después de 27 años que es que se aplicó por decreto una medida de la que nadie estaba preparado y que debido a la falta de actualización, de instrucción jurídica, se llegó a ese extremo de que se nombraran los jueces, magistrados y ministros por elección popular, que pareciera más una medida desesperada que una medida adecuada, cuando la medida era la capacitación jurídica desde esos tiempos de 1998, para no tomar de sorpresa a quienes se encargan de aplicar el derecho en México. (Web: parmenasradio.org)

 

 

 

 





Relacionados

Le podría interesar
Close
Back to top button