
Senado aprueba la “Ley Antimemes”: multas de hasta 4.6 millones de pesos
La reforma obliga a proveedores de internet a retirar contenidos protegidos por derechos de autor y contempla sanciones por incumplimiento, incluso en materiales difundidos en redes sociales.
El Senado de la República aprobó una serie de modificaciones a la Ley Federal del Derecho de Autor, conocidas como la “Ley Antimemes”, con las que se busca establecer nuevas obligaciones para los proveedores de servicios de internet respecto al uso y difusión de contenidos protegidos. La reforma contempla sanciones económicas de hasta 4.6 millones de pesos para quienes incumplan las disposiciones relacionadas con el retiro de materiales que se utilicen sin autorización de sus titulares.
El dictamen recibió 72 votos a favor de legisladores de Morena, el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM). En contraste, 37 senadores de las bancadas del Partido Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC) votaron en contra de la iniciativa.
Entre las principales disposiciones se establece que los proveedores de servicios de internet deberán retirar de las plataformas digitales aquellos materiales que utilicen obras protegidas sin contar con el consentimiento de sus titulares. La medida incluye imágenes, voces, música, obras literarias y artísticas, películas y otros contenidos audiovisuales, así como materiales creados o modificados mediante Inteligencia Artificial (IA).
La reforma también contempla contenidos como memes y parodias que incorporen obras protegidas por derechos de autor, por lo que las nuevas obligaciones podrían alcanzar materiales que circulan habitualmente en las redes sociales y otras plataformas digitales.
En particular, la modificación al artículo 114 Nonies de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que los proveedores de servicios de internet podrán ser considerados responsables de las infracciones cometidas por sus usuarios cuando incumplan las obligaciones señaladas en el artículo 114 Octies.








