Puebla
Contratará Secretaría de Medio Ambiente a recolectores voluntarios
Gisela Tellez Guevara
Un total de mil 500 recolectores voluntarios serán contratados por la Secretaría de Medio Ambiente, informó Myriam Arabián Couttolenc, titular del área, al señalar que todos y cada uno estarán normados y previamente identificados.
En entrevista, la funcionaria aseveró que dignificarán este oficio con reglas claras, pero también entregarán un chaleco y una identificación para que las y los ciudadanos puedan identificarlos.
Por ello, puntualizó que previamente elaborarán un padrón, mismo que estará a cargo del Organismo Operador de Limpia (OOSL); se llevará a cabo a través de un formato para organizarlos y asignarles las zonas de recolección.
“Ellos van a ser parte de esta disminución al valorizar y hacer que lleguen menos residuos al rellenos sanitario. Es un nuevo modelo de gestión de residuos sólidos, de economía circular y lo vamos a acelerar con esto cambios”.
Además, se autorizará de manera individual y gratuita a aquellas personas físicas que pretendan o realicen, según sea el caso, la pepena de residuos sólidos urbanos de manera voluntaria; quedará prohibida la actividad de pepena sin autorización.
Reglamento de las personas recicladoras:
Las personas dedicadas a este oficio deberán dirigirse con respeto; portar el chaleco distintivo e identificación de autorización, de lo contrario, no podrán realizar la pepena y serán acreedoras a una suspensión temporal.
En caso de extravío deberán notificarlo inmediatamente al OOSL para su reposición; informar el horario en el que realizarán la recolección; mantener limpias las áreas en donde realicen sus actividades; y evitar destruir o romper las bolsas de basura.
Deberán cuidar el mobiliario urbano como contenedores, botes papeleros, campanas y demás mobiliario instalado para la prestación del servicio de limpia; reportar al organismo de alguna mala práctica de sus compañeras o compañeros, si es posible, con evidencias.
Ninguna persona recicladora tiene autoridad para llamarle la atención a sus compañeras o compañeros; deberán permitir las revisiones de rutina por parte de las autoridades municipales para prevenir la portación de armas, objetos o sustancias prohibidas.
Las personas recicladoras, tienen prohibido: dañar, destruir o robar el mobiliario urbano; realizar su actividad fuera de la zona asignada; reciclar con menores de edad; reciclar acompañados por más de tres personas, en caso de ser necesario, comunicarlo al Organismo; apartar contenedores; destruir o romper bolsas de basura para sustraer los residuos para aprovechamiento o reúso.
Sólo se deberá reciclar durante las horas de limpieza y mantenimiento que realice el OOSL o el concesionario; está prohibido realizar su actividad en estado de ebriedad o bajo el influjo de cualquier estupefacientes o sustancia psicotrópica u otras sustancias que causen efectos similares; portar armas y trasladar autopartes u objetos sin justificar su procedencia.
¿Cuáles son las sanciones?
Equivalente al
y actualización, a la persona que se les sorprenda efectuando labores de pepena sin autorización en la vía pública o en espacios públicos, o por incurrir en alguna de las conductas establecidas.
Asimismo, será causa de retiro definitivo de autorización, chaleco distintivo e identificación, cuando acumule, en un periodo de un año, más de tres reportes por incurrir en alguna de las conductas establecidas.