Nacional

Loretta Ortiz confunde ‘all inclusive’ con exclusión de mexicanos

Redacción  FECHA:  19 junio, 2026

Ciudad de México.– Una peculiar confusión de términos por parte de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Loretta Ortiz Ahlf, se volvió tendencia y abrió un encendido debate en las plataformas digitales. Durante la sesión del Pleno de este miércoles, la jurista confundió el modelo comercial hotelero all inclusive (todo incluido) con un supuesto mecanismo de segregación que restringe de forma ilegal el acceso de los ciudadanos mexicanos a las costas del país.

La declaración de la ministra ocurrió en medio de la discusión conjunta de tres asuntos relativos a un litigio agrario por la posesión de tierras ejidales en Chuburná, Yucatán, las cuales fueron ocupadas por particulares mediante la figura de fideicomisos.

¿Qué dijo la ministra Loretta Ortiz en la SCJN?

Al fijar su postura sobre los fideicomisos en zonas costeras y el acceso de la población local, Ortiz Ahlf lanzó una fuerte crítica que mezcló la operación comercial de los resorts con la restricción física a las playas de uso común:

“Estoy cansada, cansada de ver que cuando vamos a nuestras playas nos digan: ‘No pueden entrar porque son all inclusive’. Ese all inclusive es que tú, mexicano, no tienes derecho a pasar, pero nosotros, los norteamericanos, porque tenemos unos fideicomisos especiales, sí podemos estar aquí adentro”, aseveró la ministra.

Posteriormente, la integrante del máximo tribunal del país cuestionó la legalidad de los ocupantes en la zona argumentando: “¿Y, perdón, en calidad de qué adquirieron la posesión? Ni siquiera posesión, un fideicomiso para quitarnos nuestras tierras”.

Redes sociales y expertos aclaran el término hotelero

La afirmación de la ministra se viralizó de inmediato debido a que el término anglosajón all inclusive no tiene ninguna relación con restricciones por nacionalidad o segregación social.

En la industria turística internacional, un plan all inclusive (todo incluido) es simplemente una modalidad de hospedaje comercial en la que el cliente paga una tarifa fija que cubre la habitación, alimentos, bebidas y amenidades dentro de las instalaciones privadas del resort. Cualquier ciudadano, sin importar su origen, puede contratar este servicio.

Trascendió que, tras el resbalón de la ministra, compañeros de la Corte tuvieron que hacerle precisiones de manera discreta respecto al verdadero significado técnico del concepto comercial.

¿Qué dice la ley sobre el acceso a las playas en México?

El debate generado en la SCJN puso el foco sobre una problemática real en el turismo nacional: la privatización ilegal de accesos a las zonas costeras. Sin embargo, las normativas vigentes en la materia son muy claras al respecto:

  • Bienes de uso común: De acuerdo con la Ley General de Bienes Nacionales, las playas marítimas y la zona federal marítimo-terrestre son de libre acceso y uso público para todos los ciudadanos.
  • Prohibición de cierres: Ningún hotel o desarrollo privado, bajo el esquema de all inclusive o cualquier otro, tiene la facultad legal de convertir una playa en propiedad privada o restringir el paso de los transeúntes.
  • Control de instalaciones: Los complejos hoteleros pueden limitar el ingreso exclusivo a su infraestructura interna (piscinas, restaurantes, habitaciones), pero no delimitar el mar o la arena como zonas exclusivas.

El asunto discutido en el Pleno concluyó con una mayoría de cinco votos en favor de los proyectos que presentaron los ministros ponentes, mientras que el bloque integrado por Loretta Ortiz, Lenia Batres Guadarrama y otros integrantes anunció un voto de minoría.





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