Opinión

Más prisión preventiva oficiosa, más represión política

6 julio, 2024 2:48 pm
Silvino Vergara Nava

“El poder constituyente encuentra

limites suprapositivos cuyo respeto es

condición de validez de los mismos

preceptos de la Constitución escrita.”

Otto Bachof

“¿Normas Constitucionales,

Inconstitucionales?”

Palestra Editores,

Lima, Perú, 2010

 

La letra “chiquita” de la reforma constitucional de la 4T

Dentro de la iniciativa de reformas constitucionales planteada por el titular de la administración pública federal se establece la reforma particularmente al articulo 19 de la Constitución, en el cual se indica, entre otras cosas, en que delitos se requiere de la prisión preventiva oficiosa, es decir, de aquella en que simplemente por perseguirse por ese delito, es sujeto a prisión en tanto se encuentra el proceso penal para determinar la responsabilidad de la persona, lo cual es una medida sumamente delicada y peligrosa para el Estado de derecho, desde luego para los ciudadanos de a pie.

Dentro de los delitos que se propone la prisión preventiva oficiosa, se encuentra defraudación fiscal y operaciones inexistentes, que en el periodo de la presidencia de Pena Nieto, es en donde más persecución se llevó a cabo de forma masiva e incluso, hasta imprudente y torpe, pero todas las reformas principales para la persecución de quienes llevaban operaciones inexistentes, se realizaron en esa administración pública federal.

En el caso de insistir en los delitos fiscales como delitos que requieren de prisión preventiva oficiosa, es un tema muy delicado, sobre todo como está establecido en la ley, los elementos de esos delitos, que son: “una hoja en blanco” para que allí se pueda incluir a cualquiera, por lo cual, esto más que un control para el correcto pago de los impuestos, en realidad pareciera más una represión política que se pudiera imponer desde la propia Constitución.

Además, es bien sabido que en el caso, por ejemplo, de las operaciones inexistentes, se involucró a muchos contribuyentes que realmente no estaban llevando a cabo esas prácticas, pero por no contar con asesoría correcta, deficiencia en sus controles y obligaciones fiscales, pues simplemente engrosaron las filas de estos contribuyentes para justificar la cuenta de lo que estaba haciendo la autoridad fiscal, es más cualquiera recuerda que en su momento hasta la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación, tuvo operaciones con un proveedor de los publicados en la página del SAT, bajo el renglón de los que expiden comprobantes fiscales apócrifos, que no es otra cosa mas que, una muestra palpable de la serie de inconsistencias que tiene esa regulación respecto a las operaciones inexistentes.

Además, el peligro que ahora se corre después de diez años de regulación de las operaciones inexistentes en México, es que resulta para un procedimiento de fiscalización más sencillo que una operación que realmente se llevó a cabo por un contribuyente de a pie, aparezca como operación inexistente, que las propias que realizan operaciones inexistentes, pues en esos casos, están tan blindados que superan los requisitos de evaluación de la propia autoridad fiscal, y en otros caso, superan la barrera de la corrupción de este país, que dicho sea de paso, no se terminó, simplemente se multiplicó.

Por ultimo, el insistir en los delitos de prisión preventiva oficiosa en la propia Constitución, hace ver mal a México ante los ojos internacionales, pues es bien sabido que la propia Corte Interamericana de los Derechos Humanos, ha resuelto el caso en donde se condenó a México debido a la existencia de estos delitos, y se le determinó que era necesaria su abolición, lo cual no ha sucedido desde que se dictó esa sentencia de fecha 25 de enero de 2023, por el contrario, lejos de que se haya cumplido con esa sentencia de la referida Corte, ahora resulta que, se pretende aumentar los delitos de prisión preventiva oficiosa.

Así, lo cierto es que en el caso de esta reformas constitucionales, bien vale la pena analizarlas detenidamente, respetar el principio de rigidez constitucional para evitar caer en esta serie de inconsistencias, que solamente hacen ver mal a México internacionalmente, producen más corrupción, generan que la política este sobre el derecho y no el derecho sobre la política, por eso es que, las reformas constitucionales, particularmente estas, se deben de tomar con mucha calma para saber que es lo que se está imponiendo en el sistema jurídico. (Web: parmenasradio.org)





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