Puebla

¿Qué pasará si no cambias las placas de tu auto en Puebla?

8 enero, 2023 4:04 pm
Pilar Bravo

Puebla, Pue.- La Secretaría de Planeación y Finanzas, además tener en curso el pago de control vehicular que deberán cubrir más de un millón de unidades, también recuerda a los contribuyentes que no han realizado su canje de placas, la obligación de hacerlo, de lo contrario no podrán continuar su regularización.

María Teresa Castro Corro, titular de Finanzas, señala que se otorgaron dos años de plazo para realizar este cambio, dando todas las facilidades debido a la duración de la pandemia; sin embargo, aún quedan poco más de cien mil unidades con placas azules.

Para este año ya no habrá más descuentos ya que de acuerdo con la Ley de Ingresos del estado.

Los costos para el cambio de placas son los siguientes:

  • 1,105.00 pesos, placas para automóvil, camión, autobús, ecológicos, antiguos y para vehículos utilizados para personas con discapacidad.
  • 835.00 pesos, placas para remolques.
  • 465.00 pesos, para motocicletas.
  • 1,300.00 pesos, para  vehículos de demostración.

Y para la expedición de tarjeta de circulación para cualquier vehículo es de 605.00 pesos.

El programa de reemplacamiento en Puebla fue voluntario en el 2021 y en el 2022, expuso la secretaria de Finanzas, María Teresa Castro Corro, quien refirió que en 2023 el programa será obligatorio y ya no habrá beneficios.

Y es que, como se recordará, el programa de reemplacamiento durante este año (2022) exentó a los contribuyentes del pago de la tarjeta de circulación en caso de estar al corriente con el control vehicular.

Algunos requisitos para el reemplacamiento en el caso de Facturación electrónica: Comprobante Fiscal Digital (CFD) o Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI).

La factura debe sujetarse a los requisitos que establece el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación. El endoso en este tipo de documentos se aceptará siempre que el adquiriente presente adicionalmente contrato de compraventa celebrado con el endosatario, adjuntando copia de la identificación oficial vigente con fotografía de éste.

Facturación impresa pudiendo ser: por impresor autorizado o con Código de Barras Bidimensional (CBB), se aceptará el endoso al reverso de este documento. El endoso en ambos casos deberá contener nombre y firma del enajenante, nombre del adquiriente y la fecha en la que se celebró el acto.

En caso de no contar con alguno de estos documentos podrá presentar cualquiera de los siguientes:

  • Información Ad-Perpetuam tramitada ante el Juzgado de lo Civil.
  • Contrato de compra venta o cualquier otro acto jurídico independientemente de su nombre o denominación conforme a las diversas leyes, a través del cual se transmita la propiedad del vehículo entre particulares, celebrado o ratificado ante fedatario público.

Tratándose de vehículos usados enajenados por el fabricante, ensamblador, distribuidor o comerciante en el ramo de vehículos, donde exista reserva de dominio del bien, se aceptará carta factura original, además de la copia del comprobante fiscal electrónico que ampare la enajenación.

Tratándose de cartas factura, éstas serán aceptadas siempre que no rebasen una antigüedad de 5 años a partir de su fecha de expedición, en caso contrario, deberá presentar una carta factura actualizada.





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