Te explicamos qué son los plurinominales que AMLO propone desaparecer
Redacción.- En los últimos días, el tema de los diputados y senadores plurinominales ha cobrado una importante relevancia en México luego de darse a conocer que el presidente, Andrés Manuel López Obrador, propuso eliminarlos.
A la propuesta del mandatario mexicano, se sumó el grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados mismo que confirmó que impulsará la aprobación de esta reforma constitucional.
De acuerdo con el Sistema de Información Legislativa, el objetivo de la representación proporcional es proteger la expresión electoral cuantitativa de las minorías políticas y garantizar su participación en la integración del órgano legislativo, según su representatividad.
Circunscripción plurinominal
Es el área geográfica integrada por un grupo de entidades federativas, que sirve de base para la elección de los 200 diputados y 32 senadores electos por el principio de representación proporcional.
La Constitución establece que para la elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país.
El mismo ordenamiento señala que treinta y dos senadores serán elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional.
Diputados
La Cámara de Diputados se integra por 500 diputados, 300 electos por mayoría relativa en los 300 distritos electorales del país (uninominales) y 200 electos por el sistema de representación proporcional (plurinominales).
Un partido político, para obtener el registro de sus listas regionales, deberá acreditar que participa con candidatos a diputados por mayoría relativa en por lo menos doscientos distritos uninominales y deberá alcanzar por lo menos el tres por ciento del total de la votación válida emitida para las listas regionales de las circunscripciones plurinominales para que le sean atribuidos diputados según el principio de representación proporcional.
En la asignación se seguirá el orden que tuviesen los candidatos en las listas correspondientes. Para la asignación de diputados de representación proporcional se procederá a la aplicación de una fórmula de proporcionalidad pura, integrada por los siguientes elementos: a) cociente natural, que es el resultado de dividir la votación nacional emitida entre los 200 diputados de representación proporcional; y, b) resto mayor, que es el remanente más alto entre los restos de las votaciones de cada partido político, una vez hecha la distribución de curules mediante el cociente natural.
Senadores
En el caso de los senadores, los partidos políticos deberán registrar una lista nacional de 32 fórmulas de candidatos para ser votada por el principio de representación proporcional y para su asignación se utilizará la fórmula de proporcionalidad pura que consta de los siguientes elementos: a) cociente natural, que es el resultado de dividir la votación nacional emitida, entre el número por repartir de senadores electos por el principio de representación proporcional; y b) resto mayor, que es el remanente más alto entre los restos de las votaciones de cada partido político después de haber participado en la distribución de senadores mediante el cociente natural.