Asaltan a adulta mayor en Tepotzotlán, Estado de México, le querían quitar hasta el mandado
Conoce el proceso para denunciar a asaltantes de adultos mayores, la ley los protege y contempla severas agravantes por su vulnerabilidad
, Por: Pablo García
Octubre de 2026
La indignación social se ha volcado nuevamente contra la delincuencia tras la difusión de un video de videovigilancia fechado el 29 de octubre de 2026 en calles del municipio de Tepotzotlán, Estado de México; dos presuntos delincuentes a bordo de una motoneta interceptan a una persona adulta mayor que camina sola por la banqueta; con total cobardía, los sujetos la amagan, la tiran al suelo y la despojan de sus pertenencias personales antes de huir a toda velocidad.
Este repudiable hecho no solo constituye un robo común, sino que la ley contempla severas agravantes por la vulnerabilidad de la víctima.
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¿Existen demandas y penas especiales por golpear o robarle a un adulto mayor en México?
Sí, absolutamente. Atacar, golpear o robar a una persona adulta mayor (generalmente considerada a partir de los 60 años en los códigos penales estatales) agrava de forma drástica la situación jurídica de los agresores:
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Agravantes en el Delito de Robo:
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Los códigos penales tipifican el robo con agravantes específicas cuando la víctima se encuentra en situación de indefensión, vulnerabilidad física o edad avanzada. Esto incrementa considerablemente los años de prisión estipulados para el delito básico de robo con violencia.
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Concurrencia con el Delito de Lesiones y Violencia contra Adultos Mayores:
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Si como resultado del forcejeo o la agresión física la persona mayor sufre contusiones, fracturas (muy comunes en cadera o extremidades a esa edad) o daños severos a su salud, se acumulan cargos por lesiones dolosas calificadas y delitos cometidos contra la integración de personas adultas mayores.
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Dependiendo de la gravedad de las lesiones o si estas ponen en riesgo la vida, las penas de prisión pueden dispararse significativamente, impidiendo además que los imputados accedan fácilmente a beneficios de libertad condicional debido a la agravante de cometer el ilícito contra un sector vulnerable de la población.
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¿Cómo denunciar este tipo de asalto y qué instancias intervienen?
Ante un delito cometido contra un adulto mayor, la rapidez en la actuación institucional es fundamental para salvaguardar tanto la justicia penal como la integridad física y emocional de la víctima:
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Llamada de Emergencia Inmediata (9-1-1):
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En el momento de los hechos o inmediatamente después, reportar a la policía municipal o estatal proporcionando las características de la motocicleta (color, señas particulares) y la ruta de huida de los delincuentes para activar los cercos virtuales de seguridad local.
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Atención Médica Urgente (Prioridad Absoluta):
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Incluso si A simple vista el adulto mayor “parece estar bien”, una caída o golpe a esa edad puede generar hemorragias internas o fracturas silenciosas. Trasladarlo de inmediato a un hospital o clínica para un diagnóstico médico completo es el primer paso obligatorio, cuyo dictamen servirá como prueba pericial ante el Ministerio Público.
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Denuncia Penal ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM):
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Acudir a la Agencia del Ministerio Público especializada en delitos cometidos contra adultos mayores o en la demarcación territorial de Tepotzotlán.
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Requisitos y pruebas: Presentar el video original de la cámara de seguridad (indispensable para la identificación fisonómica de los asaltantes y las placas de la moto), credencial de elector o identificación de la víctima, y un escrito detallando la hora, el lugar exacto y los bienes sustraídos, recalcando la condición de adulto mayor para que la fiscalía aplique las agravantes de ley en la carpeta de investigación.
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