
El uso de la IA en la fiscalización a los contribuyentes
Silvino Vergara
“La cuarta revolución industrial, entrado el siglo XXI, aparece con la convergencia de la inteligencia artificial, la biotecnología, que nos enfrenta ahora a un reto más profundo en la tutela de los derechos fundamentales”.
Cesar Landa Arroyo
Desde hace algún tiempo, prácticamente después de la pandemia, que se liberaron por los dueños de la inteligencia artificial esa tecnología, incluso gratuita, se puso en los medios de comunicación que las autoridades fiscales, para poder fiscalizar con mas eficacia a los contribuyentes, se estaba haciendo uso de esa tecnología, lo cual a decir de los reportes de las autoridades fiscales esto permite mejorar, optimizar, agilizar la fiscalización.
El problema del uso de esa tecnología, es ¿Dónde quedan los derechos de los gobernados?, es decir, con el uso de esa tecnología se ponen en duda, hasta donde llegan los derechos de los contribuyentes y el límite de la autoridad fiscal para hacer uso de esos mecanismos.
La Comisión Económica para América Latina y Caribe (CEPAL) en un informe en el que destaca, por un lado, el aprovechamiento de la Inteligencia Artificial en materia tributaria; y por otro, el rezago en el tratamiento estratégico y normativo de estas herramientas, por lo que, se puede concluir que, el problema del uso de esta inteligencia artificial es que existe un vacío legal para su regulación.
En ese estudio se hace mención de una diversidad de cuestionamientos jurídicos al respecto:
- ¿Debe prevalecer la lucha contra el fraude fiscal, apoyada con esta herramienta, sobre los derechos de los contribuyentes?
- ¿Se justifica el inicio de un procedimiento de comprobación tributaria por el simple hecho de que así lo haya determinado la IA y sin que existan indicios concretos de fraude fiscal en el contribuyente?
- ¿La autoridad puede explicar de forma clara y precisa la decisión a la que llegó la IA?
- ¿Debe ser un derecho que los ciudadanos conozcan la clasificación o perfil de riesgo que le asigna de forma automatizada un sistema de IA empleado por la autoridad fiscal?
- ¿Se debe notificar al contribuyente el uso de la IA?
- ¿Qué herramientas o esquemas de defensa y protección tiene el ciudadano contra el uso inadecuado o preventivo de los perfiles de riesgo por parte de la administración tributaria?
- ¿Cuáles son los límites que deben establecerse para el acceso, uso, explotación e intercambio de información?
- ¿Qué tipo de información puede utilizar la IA para determinar perfiles de riesgo?
- ¿Qué atribuciones deben otorgársele a la autoridad para usar la IA?
Con esta serie de cuestionamiento que se hacen al respecto del uso la inteligencia artificial en los procedimientos de fiscalización, es evidente que no se puede hacer tan fácilmente el uso de la misma, ya que si se considera que los derechos de los gobernados se encuentran por arriba de las actuaciones de las autoridades fiscales para recaudar, es necesario que exista una serie de limitaciones y reglas para el uso de esa tecnología.
Ya en algún momento se ha sostenido que la tecnología, como es el caso de los robots y de la inteligencia artificial, es necesario que se vaya regulando por parte del Estado, por ello es que se hace mención en la actualidad de la necesidad de un Estado constitucional digital, en donde a decir, de los expertos, se trata de: “La adaptación del constitucionalismo clásico al entorno tecnológico y algorítmico contemporáneo, donde incluso el poder ejercido mediante IA y sistemas digitales debe quedar limitado por los derechos fundamentales y la Constitución.”
Por ende, es necesario empezar a definir en las regulaciones jurídicas conceptos como: Sociedad de la información, ciudadanía digital, derechos en Internet, transformación tecnológica del Estado y sobre todo reglamentarlos, pues en el viejo concepto de Estado de derecho, lo que sigue prevaleciendo, como herencia de esa concepción, es que: “la autoridad únicamente puede hacer, lo que la ley le faculta” y resulta que, si no existe regulación expresa al respecto del uso de la inteligencia artificial no debería de hacerse uso de esta.
Y es que si no existe una regulación integral y específica sobre el uso de la Inteligencia artificial en México, eso genera debates importantes sobre: transparencia algorítmica; sesgos en los sistemas; opacidad de criterios automatizados; cargas probatorias excesivas al contribuyente; posibles violaciones al debido proceso.
Ya en este año de 2026, el Poder Judicial evidenciando el uso de la inteligencia artificial en las sentencias, publicó una jurisprudencia al respecto, que cita al rubro: INTELIGENCIA ARTIFICIAL APLICADA EN PROCESOS JURISDICCIONALES. ELEMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN OBSERVARSE PARA SU USO ÉTICO Y RESPONSABLE CON PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS. Y en la que se sostiene que: “… Ante la ausencia de regulación específica para el uso de herramientas de inteligencia artificial las personas juzgadoras deben hacer un ejercicio de autocontención adoptando lineamientos para su aplicación responsable con perspectiva de derechos humanos.”
Evidentemente que el uso de la inteligencia artificial no es cualquier cosa, esta modificando la forma de fiscalizar, pero también, está vulnerando derechos de los contribuyentes en tanto no exista una regulación al respecto, simplemente considerando el viejo principio del Estado de Derecho, que reza: “La autoridad únicamente puede hacer lo que la ley expresamente le faculta”, y hoy no contamos con esa ley. (Web: parmenasradio.org)






