Puebla

¡Mucho ojo! Estas son las nuevas reformas y sanciones en caso de maltrato animal

La Ley de Bienestar Animal que entró en vigor desde el 21 de marzo pasado, abarca lo necesario para realizar una denuncia y las sanciones por maltrato y abandono de animales de compañía

8 abril, 2024 4:59 pm
Liliana Tecpanecatl

Puebla, Puebla.- Luego de que el pasado 21 de marzo entraron en vigor las últimas reformas a la Ley de Bienestar Animal, la Ley Orgánica Municipal y el Código Penal, el Congreso de Puebla inició una campaña para reforzar la difusión de los mecanismos de denuncia para casos de maltrato animal.

La Ley de Bienestar Animal, establece ahora que la denuncia popular podrá formularse por vía telefónica y correo electrónico; en estos casos el servidor público que la reciba levantará el acta circunstanciada y el denunciante deberá ratificarla por escrito en los tres días hábiles siguientes.

Las autoridades competentes también podrán investigar de oficio los hechos.  Este mecanismo se suma a los medios que ya contemplaba el ordenamiento, con la denuncia popular por escrito o por comparecencia que debe contener, entre otros requerimientos, los actos y omisiones denunciados, así como los datos que permitan identificar al presunto infractor.

Hay que recordar que las últimas reformas de ley establecen que las personas físicas o morales cuya actividad comercial sea la cría de animales, deberán administrarles alimento adecuado, suplementos alimenticios y utilizar métodos naturales o artificiales de reproducción que no causen dolor, sufrimiento, daño o desordenes de comportamiento.

Así mismo, quedó prohibida la adopción y venta de animales a personas menores de 18 años y es importante recordar que en el caso de perros y gatos, de acuerdo a su edad, raza y tamaño, no podrán ser utilizados para reproducción cuando tengan más de cuatro años.

Sanciones a quien maltrate a los animales

Las sanciones contra quien abandone a un animal de compañía que se encuentre bajo su responsabilidad y cuidado, son de 10 meses a dos años de prisión y de 100 a 250 Unidades de Medida y Actualización.

Y para quienes difundan o realicen una o varias peleas de perros, con o sin apuestas, o las permita en su propiedad, las multas pueden oscilar entre las 200 y 400 Unidades de Medida y Actualización, además de que deberán enfrentar de dos a cinco años de cárcel. 





Relacionados

Back to top button