Estado

No hay registro de ninguna iniciativa de la Ley Bala, aseguró Eduardo Castillo

24 julio, 2023 5:47 pm
Pilar Bravo

En el Congreso del Estado no hay registro de ninguna iniciativa de Ley para Proteger los Derechos Humanos y Regular el uso de la Fuerza Pública, que en el pasado se conoció como Ley Bala, informó el presidente de la Junta de Gobierno del Congreso del Estado, Eduardo Castillo.

El anunció que hizo el presidente de la Comisión de Derechos Humanos Félix Cerezo y la diputada Xel Ariana Hernández que tenían una propuesta, es un asunto que al Congreso no ha llegado, sobre todo tratándose de una Ley que generó muchos problemas en el 2014, cuando elementos de la Policía utilizaron la fuerza pública en Chalchihuapan.

En entrevista señaló que desconoce la supuesta iniciativa y la diputada Xel Ariana Hernández, que es de la bancada de Morena, no le ha informado.

Por otro lado, el líder del Congreso, anunció que habrá una sesión extraordinaria seguramente para el jueves porque existen varios puntos a tratar por el pleno. 

Existe inquietud de proponer una reforma a la Ley Electoral, pero tampoco se tiene un documento y propuesta, hay inquietud por la propaganda política que se ha fijado, pero el Instituto Electoral, no ha podido intervenir porque aún no son los tiempos electorales.

Otros temas a resolver en el Congreso serán las consultas que están en proceso y establecer también las fechas para que los diputados rindan sus informes en sus respectivos distritos.

Aunque están en receso, los diputados deben aprovechar este período para cumplir con los informes, por lo que se les destinará una ayuda económica para que cumplan con esta obligación.

 Certeza Electoral

La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales aprobó la adición del párrafo segundo al artículo 359 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Puebla, con el propósito de generar certeza jurídica en materia electoral.

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La iniciativa presentada por el diputado Eduardo Alcántara Montiel y tiene como objetivo considerar, en materia electoral, a las pruebas documentales públicas que se ofrezcan y provengan de una carpeta de investigación, como prueba plena, cuando a juicio del Tribunal generen convicción sobre la veracidad de los hechos alegados.

Esta reforma busca aclarar que en el actuar de los juzgadores electorales, no resulte la emisión de resoluciones inconstitucionales por contravenir facultades expresamente otorgadas a los jueces penales, en cuanto alcance y valoración de pruebas.





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