Puebla

Te contamos todo lo que debes saber del aguinaldo

2 diciembre, 2023 4:32 pm
Liliana Tecpanecatl

Apenas inicia diciembre y el ambiente en general huele a reuniones, intercambios de regalos, paseos, visitas y…gastos. No solo los derivados de la recta final de cada ciclo sino los relacionados con el inicio de año.
La mayoría de las familias, enfrenta estos compromisos con el aguinaldo, por eso, a continuación te contamos todo lo que debes saber sobre esta prestación, que está incluida en la Ley Federal del Trabajo desde el año 1970.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

 Según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.
Sin embargo hay patrones que de común acuerdo con los trabajadores lo pagan en dos exhibiciones durante el último mes del año o entre diciembre y enero, como un apoyo a la famosa “cuesta”.

¿Cómo se paga el aguinaldo?

En efectivo. La ley es muy clara al respecto y está prestación siempre consiste en una suma económica. Está prohibido que los patrones la sustituyan por vales, mercancías, días de descanso o fichas, a menos que el trabajador esté de acuerdo.

¿Cuánto se paga de aguinaldo?

El monto mínimo debe ser equivalente a quince días de salario. Un trabajador que lleva más de un año laborando en una misma empresa debe recibir al menos el salario de una quincena .
Si no se ha cumplido el año, se recibe un proporcional que se calcula dividiendo el monto del aguinaldo estándar, es decir una quincena de salario, entre los días del año. El resultado a su vez, debe multiplicarse por los días laborados, el resultado, será el monto a recibir.

 ¿Quién tiene derecho al aguinaldo?

Todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado y eventuales, deben recibir este pago.
Dicha prestación laboral anual también aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
Incluso los trabajadores que laboran por honorarios pueden exigir este pago si es que existe una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un solo patrón y obligatoriamente se cubra un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas.
Además de que el trabajador por honorarios debe recibir instrucciones de un superior inmediato y tener un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa o establecimiento, si se cubre con todo ello, esa persona tienen derecho a recibir aguinaldo.




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