Estado

Aprueba Pleno del Congreso reformas a la “Ley del Primer Empleo”

25 enero, 2024 11:27 pm
Redacción Tribuna

El Pleno de la LXI Legislatura aprobó reformas a los artículos 5 y 8 Bis de la Ley del Primer Empleo del Estado de Puebla, con el propósito de garantizar que las y los jóvenes accedan a un empleo digno, sin distinción y en condiciones de igualdad de género. 

Durante su exposición en Tribuna, el diputado Eduardo Castillo López señaló que la propuesta de reforma permite que las y los jóvenes puedan acceder a trabajos de calidad que les permitan desarrollarse en un ambiente de no discriminación. 

En la reforma al artículo 5 se establece que la Secretaría del Trabajo expedirá los lineamientos generales, para que las y los jóvenes que realicen su servicio social o prácticas profesionales en las diferentes empresas establecidas en Puebla, puedan acceder a los espacios laborales ya existentes. 

Además, a los programas de fomento al primer empleo, procurando, sin distinción, la igualdad de género y la inclusión.  

En el caso de la reforma al artículo 8 Bis, el dictamen señala que las contrataciones deberán tener relación entre la profesión, carrera técnica u oficio, acreditado por las personas, el cual no podrán otorgar un salario menor al que perciben los demás empleados que desempeñen las mismas funciones. 

La Secretaría debe garantizar que en las contrataciones fomenten y respeten el trabajo digno o decente, bajo los criterios establecidos en la Ley Federal del Trabajo y demás ordenamientos aplicables.

En más del orden del día, las y los diputados de la LXI Legislatura aprobaron el dictamen para reformar la Ley de Educación del Estado, con la finalidad de propiciar el uso responsable de la tecnología desde la educación primaria, secundaria y media superior.

Entre los objetivos del dictamen, también está el propiciar el ejercicio crítico y reflexivo sobre los objetos de conocimientos mediante el trabajo intelectual, lógico y sistemático, de tal modo que el educando se haga agente activo de su proceso de aprendizaje; así como la comprensión, aplicación y uso responsable de la tecnología.

Para este propósito se establecen reformas a la fracción VII del artículo 28, la fracción VII del artículo 30 y la fracción I del artículo 33 de la Ley de Educación del Estado de Puebla. 

Asimismo, se avaló el punto de acuerdo para exhortar al Organismo Público Descentralizado denominado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (CAPUFE) para que lleve a cabo las obras necesarias para la conservación, reconstrucción y mejoramiento de los tramos carreteros que cruzan por el Estado de Puebla.

De igual manera, el Pleno del Congreso aprobó el acuerdo para exhortar a la Secretaría de Trabajo del Gobierno del Estado a difundir y promover, en el sector empresarial y empleadores de la Entidad, la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023, que permita garantizar los derechos, las condiciones de seguridad y salud de las personas que laboran bajo la modalidad de teletrabajo.

 





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