Deberá FGR publicar investigaciones y sentencias contra Enrique Peña Nieto

24 mayo, 2021 12:06 pm


Redacción.- La Fiscalía General de la República (FGR) deberá dar a conocer las investigaciones en trámite o concluidas contra el expresidente de México, Enrique Peña Nieto, del 1 de diciembre de 2000 al 29 de enero de 2021, de acuerdo con una petición del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Oscar Guerra Ford planteó que al tratarse de información relacionada con motivos de interés público procede su publicidad, ya que su difusión contribuye a garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información y favorece la rendición de cuentas.

La petición se hace para generar certeza sobre la gestión de los exservidores públicos de más alto nivel durante su encargo y el esclarecimiento de hechos que, en su caso, podrían ser violaciones graves de derechos humanos o actos de corrupción.

Si se negara el derecho de acceso a la información se impediría que la sociedad tuviera los elementos informativos necesarios para el debido escrutinio del ejercicio de las actividades de la Fiscalía o Procuraduría, en cuanto a sus facultades e investigadores, así como respecto del desempeño del exservidor público”, aseveró.

Sin embargo, la FGR respondió que no podía dar a conocer la información requerida, argumentando que al afirmar o negar la existencia o inexistencia de alguna indagatoria, averiguación previa o carpeta de investigación, se estaría atentando contra la intimidad, honor, buen nombre y presunción de inocencia de la persona en cuestión, en este caso, el expresidente.

En respuesta, la ponencia determinó que debe prevalecer el derecho de acceso a la información, por encima de la reserva, pues se trata de un exsecretario, exdiputado, exgobernador y expresidente de la República, por lo que la información reviste un interés público, dados los requisitos para ocupar los cargos de referencia, las altas responsabilidades que le correspondieron y los recursos de los que dispuso.

Por lo anterior, la FGR deberá detallar la cantidad de averiguaciones previas y carpetas de investigación que ha abierto; el delito denunciado en cada indagatoria, la fecha de inicio de ésta, el estatus de cada una y la fecha de resolución de las que concluyeron en no ejercicio de la acción penal.

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